Fondo Pyme modifica reglas para ejercicio fiscal

Por Noticieros Televisa | Fuente: NOTIMEX | 2012-11-12

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Las asociaciones y sociedades civiles o anónimas de capital variable, y los fideicomisos privados, tramitarán la validación de documentación para establecer organismos intermedios

CIUDAD DE MÉXICO, México, nov. 12-2012.- Con modificaciones a las reglas de operación del Fondo Pyme, la Secretaría de Economía (SE) establece una fecha límite para que asociaciones de comerciantes, industriales, empresariales, así como sindicatos patronales y confederaciones tramiten la validación de su documentación para fungir como organismos intermedios.

Lo anterior, tras la publicación este lunes en el Diario Oficial de la Federación por parte de la dependencia del acuerdo por el que se modifican las reglas de operación del Fondo de Apoyo para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Fondo Pyme) para el ejercicio fiscal 2012.

El acuerdo especifica que para el ejercicio fiscal 2012, la fecha límite para realizar el trámite de validación de la documentación jurídica será a partir de mañana, cuando queda vigente esta disposición.

La dependencia señala que estos organismos -autorizados para gestionar proyectos ante el Fondo- se suman las secretarías de gobierno de los estados, municipios, organismos públicos descentralizados, fideicomisos públicos federales o estatales y la Asociación Mexicana de Secretarios de Desarrollo Económico.

Aclara que de manera excepcional, podrán fungir como organismos intermedios las asociaciones y sociedades civiles o anónimas de capital variable, y los fideicomisos privados, cuyos fines u objeto sean compatibles con al menos uno de los objetivos del Fondo Pyme.

Destaca que los organismos intermedios que deseen participar por primera vez como tales deberán acreditar una antigüedad mínima de constitución de dos años a la fecha de ingreso de su documentación jurídica.

Con esta modificación, agrega, se otorgará al consejo directivo la facultad de determinar el número máximo de proyectos a apoyar, así como el monto tope a ser otorgado a un mismo organismo intermedio durante el ejercicio fiscal y añade a su categoría V. Empresas Tractoras del Anexo B una nueva subcategoría relativa a apoyos en zonas de alta y muy alta marginación.

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