El camino para la beatificación de Juan Pablo II

Por Redacción | Fuente: Noticieros Televisa | 2011-04-28

Para que Juan Pablo II llegue a los altares y sea reconocido como santo es necesario comprobar otro milagro atribuible a su persona

El camino hacia la santidad de Juan Pablo II tiene tres peldaños: ser declarado "venerable siervo de Dios", "beato" y "santo".

Para ser proclamado santo, es necesario que la iglesia le reconozca oficialmente dos milagros de épocas diferentes.

Para abrir un proceso de canonización es necesario que se dé en la persona fallecida la "fama de santidad".

La normativa vaticana exige que sólo se puede abrir el proceso a partir del quinto año de la muerte de esa persona, aunque el pontífice tuvo la prerrogativa de saltarse esa norma, como hizo Juan Pablo II con la beata Madre Teresa de Calcuta y el Papa Benedicto XVI con Juan Pablo II, al que beatificará el 1 de mayo

La causa de Juan Pablo II se abrió en junio de 2005, pocos meses después de su muerte, gracias a un permiso especial otorgado por Benedicto XVI.

El proceso se abre en la diócesis donde vivió o murió y, una vez concluida la fase, en la que se recoge información y declaraciones sobre la vida del que se pretende canonizar y se certifica que todo ha sido regular, la causa pasa al Vaticano, donde se le declara "venerable siervo de Dios", como fue declarado Juan Pablo II el 19 de diciembre de 2009 por decreto de Benedicto XVI, quien reconoció sus "virtudes heroicas".

La autorización se dio durante una audiencia entre Benedicto XVI con el presidente de la congregación para las Causas de los Santos, Angelo Amato.

Con este reconocimiento, Juan Pablo II ascendió al segundo escalón para ser beatificado, gracias a la curación inexplicable del mal de Parkinson que padecía una monja francesa.

Este episodio fue analizado por una comisión médica, por un grupo de teólogos y otro de obispos y cardenales. Para su elevación de santo, hará falta un estudio similar, pero de otro milagro.

Para la declaración de venerable, no es necesaria una ceremonia en particular, basta con la firma del obispo de Roma sobre el decreto para que el candidato a santo pueda ser llamado "venerable siervo de Dios".

Según las normas del Vaticano, sólo en el momento de la beatificación, una persona puede ser venerada, pero únicamente en el ámbito de su diócesis, o, a lo sumo, en su país. Ni los "siervos de Dios", ni los "venerables", pueden tener altares fijos en las iglesias ni deberían ser sujetos de alguna veneración en particular.

Fuera de ese permiso especial, la causa de Juan Pablo II respetó todos los pasos necesarios de la llamada "fase diocesana", como la recopilación informativa y de testimonios tanto en Polonia como en Roma.

Esta etapa concluyó formalmente el 2 de abril de 2007 con una ceremonia formal en la Basílica de San Juan de Letrán en Roma, durante la cual se entregaron varias cajas de documentación al Vaticano. 

Inmediatamente después se pasó a la redacción de la "Positio", un documento de más de dos mil páginas que consignó un resumen de la vida, obra y testimonios sobre Juan Pablo II.

El texto fue estudiado por una comisión de teólogos,  historiadores y médicos, quienes dieron su parecer positivo sobre la vivencia "en grado heróico" de las virtudes cristianas de parte del Papa peregrino. 

Una vez superada esta instancia otro grupo de obispos y cardenales de la Congregación para la Causa de los Santos, analizaron el expediente y votaron favorablemente

Así se llegó al 19 de diciembre de 2009, con la aprobación, de parte de Benedicto XVI, del decreto por el cual Juan Pablo II, fue reconocido como "venerable".

La iglesia admite para el beato el "culto privado", es decir en la zona donde nació o ejerció su labor, mientras que al santo se le reconoce el culto universal y es modelo público para todos los creyentes.

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