Senado aprueba nueva Ley de Amparo

Por Claudia Flores | Fuente: Noticieros Televisa | 2011-10-13

Habrá amparos para grupos colectivos, se podrán presentar vía electrónica y en caso de inconstitucionalidad, amparará a todos los afectados aunque no hayan promovido juicio

CIUDAD DE MÉXICO, México, oct. 14, 2011.-El Senado de la República aprobó en lo general y en particular la nueva Ley de Amparo que amplía las posibilidades a los ciudadanos para promover este juicio.

El nuevo ordenamiento es consecuencia de las modificaciones a los artículos 103 y 107 de la Constitución.

Establece que el juicio de amparo procederá en violaciones no solo a las garantías individuales sino también a los Derechos Humanos.

Tomas Torres, senador del Partido de la Revolución Democrática (PRD), explicó que "se replanteó el amparo que procede contra actos que atentan contra la vida, contra la libertad personal, contra la integridad de las personas y sobre todo cuando no hay un juez, en eso logramos todo; es decir, está garantizada la parte relativa al amparo en materia penal, libertad personal, deportación, destierro".

Anteriormente el amparo sólo podía beneficiar a quienes tenían interés jurídico en decisiones de la autoridad, ahora no sólo habrá amparos para los particulares, sino también para grupos colectivos que se vean afectados por la decisión de una autoridad.

Jesús Murillo Karam, senador del PRI, indicó que "se vuelve una ley mucho más protectora de los derechos de los ciudadanos, se generan condiciones que le dan al equilibrio de poderes una mucho más adecuada distribución, diría yo, de equilibrio, peso".

Se ampliaron los plazos para promover los juicios de amparo y se establecieron algunos casos excepcionales.

Los amparos que anteriormente se promovían mediante un escrito, ahora podrán presentarse vía electrónica o a través del uso de la firma electrónica.

Los jueces deberán integrar un expediente físico y paralelamente uno electrónico.

Alejandro Zapata Perogordo, senador del PAN, explicó que la ley "es innovadora porque trae algunos elementos que no traía la antigua Ley de Amparo o la actual vigente, como el amparo en contra de particulares cuando hacen actos equivalentes o autoridades como pueden ser las policías privadas".

El nuevo ordenamiento contempla que cuando se haga la declaratoria de inconstitucionalidad de una ley no sólo dejará de aplicarse a quienes se ampararon, ahora tampoco se aplicará al resto de los afectados a pesar de que no hayan promovido juicio alguno, a excepción de que se trate de la materia tributaria.

El Senado envió la minuta aprobada la Cámara de Diputados para su ratificación.

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