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CIUDAD DE MÉXICO, México, jul. 17, 2011.- El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) solicitó a la PGR información sobre el contrato que celebró con una firma de abogados de Estados Unidos para demandar a armerías de ese país.
Un particular pidió a la Procuraduría General de la República (PGR) saber, entre otras cosas, si contrató a la firma de abogados Reid Collins & Tsai para demandar a armerías estadounidenses, cuanto costó o costará su servicio y la fecha en que se planea concretar la demanda.
Asimismo desea saber cuáles cargos se pretenden fincar, cuáles armerías se demandarían y todos los detalles posibles sobre el tema, se informó en un comunicado. En respuesta, la procuraduría dio a conocer que el 28 de octubre de 2010 firmó un contrato de servicios con los despachos Reid Collins & Tsai y Berg Associates.
Precisó que dicho contrato tiene por objeto asesorar y representar a la PGR en la investigación, planteamiento, presentación, supervisión y seguimiento de demandas ante tribunales estadounidenses contra determinadas personas morales y físicas en ese país.
Con esas investigaciones se pretende obtener elementos que hagan presumir su participación en operaciones con recursos de procedencia ilícita, la fabricación, importación, exportación o compra y/o venta ilícita de armas de fuego, y otras conductas en perjuicio de México.
Sin embargo, la PGR avisó que no puede dar a conocer la información solicitada por el particular, debido a que la evaluación de los resultados y toma de decisiones respectivas fue clasificada como reservada por un periodo de 12 años.
Ante esta respuesta el particular se inconformó y presentó un recurso de revisión ante el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, que fue turnado a la ponencia de la comisionada María Elena Pérez-Jaén Zermeño.
Con el aval del pleno del IFAI y tras un análisis profundo del recurso se determinó que en aquellos casos en los que la PGR ya tomó una decisión definitiva, sea ésta la de demandar o de optar por no hacerlo, deberá entregar la información correspondiente.
En los casos en que ya se haya interpuesto una demanda, se deberá entregar el nombre de la persona física o moral demandada, los cargos y la fecha en que se interpuso la demanda, reservando únicamente la información que pudiera representar una estrategia procesal del sujeto obligado, entre otra información.
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