SCJN protege privacidad de correos electrónicos

Por Erica Mora | Fuente: Noticieros Televisa | 2011-06-15

La Suprema Corte determina que los correos electrónicos son inviolables y no sirven como prueba judicial cuando se abrieron sin orden judicial o autorización del titular

CIUDAD DE MÉXICO, México, jun. 15, 2011.- En un hecho sin precedentes, por unanimidad de votos, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los correos electrónicos son privados, su contenido es personal y sólo tiene derecho a difundirlo el titular de la cuenta.

Los ministros explicaron que los correos electrónicos son inviolables y no sirven como prueba judicial cuando se abrieron sin una orden judicial o sin autorización del titular del correo.

La SCJN se pronunció sobre la privacidad de los correos electrónicos al amparar a una mujer acusada de infidelidad en un juicio de divorcio.

Su ex esposo presentó más de 300 correos electrónicos privados, en los que supuestamente se demostraba la relación sentimental que la acusada sostenía con otra persona.

En la sentencia, la Suprema Corte dejó en claro que las comunicaciones privadas son inviolables.

Precisó que la Constitución protege la privacidad de las comunicaciones y de los datos que la identifican, como pueden ser: números marcados en un teléfono, la identidad de los comunicantes, la duración de la llamada y en el caso de los correos electrónicos, la dirección de protocolo de Internet.

El ministro ponente Arturo Zaldívar señaló que la privacidad de un correo electrónico ha sido violada desde el momento en que se ingresa a una cuenta de correo sin la autorización de su titular.

Los ministros aclararon que en el caso de los menores de edad, sus padres sí pueden tener acceso a los correos y comunicaciones privadas de sus hijos, a fin de protegerlos de algún peligro.


 

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