Celebran dos audiencias sobre Presunto Culpable

Por Mario López | Fuente: Noticieros Televisa | 2011-03-11

La juez Soto resolverá mañana el amparo promovido por la familia Reyes Pacheco; el amparo de Víctor Reyes, en manos de la juez Lobo, aún no tiene fecha

CIUDAD DE MÉXICO, México, mar. 11, 2011.-Este viernes se llevaron a cabo simultáneamente dos audiencias relativas a igual número de amparos solicitados para suspender la película Presunto Culpable.

Una diligencia fue en el Juzgado Décimo de Distrito en Materia administrativa.

Mónica Soto, titular de este juzgado federal, recibió los últimos alegatos de la familia Reyes Pacheco, quienes aseguraron que nunca concedieron el permiso para que se exhibieran escenas donde aparece muerto Juan Manuel Reyes.

Inicialmente la jueza Soto negó concederle una suspensión provisional a la familia Reyes, porque aseguró que se trata de un acto consumado, es decir, la película ya estaba siendo exhibida.

De igual forma representantes legales de Cinépolis presentaron sus últimos alegatos.

La otra audiencia fue realizada por Blanca Lobo, jueza Décimo Segundo de Distrito, donde se presentaron los últimos argumentos de Víctor Daniel Reyes, testigo de cargo en el juicio que enfrentó José Antonio Zúñiga, protagonista del documental, por el homicidio de Juan Carlos Reyes Pacheco.

Víctor Daniel Reyes precisó en su demanda que la aparición de su testimonio en contra de Zúñiga en Presunto culpable le ha causado un daño moral irreparable.

También abogados de Layda Negrete y Roberto Hernández, productores de la película, presentaron sus argumentos.

La jueza Mónica Soto dará a conocer su fallo el día de mañana, mientras que la jueza Lobo dijo que resolverá en las próximas horas.

En tanto la película Presunto Culpable continúa exhibiéndose tras la revocación que hicieron tres magistrados del Sexto Tribunal Colegiado a la suspensión provisional otorgada por la jueza Lobo.

En su resolutivo judicial los magistrados consideraron que la suspensión ordenada por la juez Lobo iba en perjuicio al interés social y contravenía disposiciones de orden público, ya que la sociedad tiene interés en que se respete el derecho a la información que garantiza el artículo Sexto Constitucional.

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