Piden 'muerte civil' para deudores en Perú

Por Ricardo Burgos/Corresponsal | Fuente: Noticieros Televisa | 2012-02-20

Legisladores peruanos debaten iniciativa de la 'muerte civil' de deudores; ésta consiste en la pérdida de derechos civiles

LIMA, Perú, feb. 20, 2012.- En Perú, nadie va preso por deudas. Lo propio ocurre en la mayoría de los países e incluso la Convención Americana de Derechos Humanos prescribe que nadie podrá ser detenido por deudas, salvo por deberes alimentarios.

Tiempos muy lejanos a la Roma en la que se ideó el "nexum", donde el deudor se vendía al acreedor, garantizando con su propia libertad el pago de la deuda. O como pasaba en la  Grecia antigua  que también conocieron la prisión por deudas, en cárceles privadas. Fue entonces, muchos años después, que la Revolución Francesa zanjó el tema proclamando la prohibición  de la prisión por  deudas.

Hoy en día, en Perú la Constitución política prohíbe también la prisión por deudas y va más allá en el criterio jurídico cuando establece que tampoco se puede embargar a la familia. Todo esto viene a colación porque en la actualidad, centenares de corruptos, sentenciados por el poder judicial, no pagan a la sociedad sus deudas por reparaciones civiles.

El monto es de cinco mil millones de nuevos soles y allí están incluidos corruptos, narcotraficantes, criminales y todo tipo de delincuentes.

Pero sólo en el caso de la corrupción, el monto de lo adeudado supera los mil millones de nuevos soles, equivalentes a 375 millones de dólares.

Pues bien, los corruptos del Perú no quieren pagar sus deudas y se escudan en el principio que no hay prisión por deuda. Sólo unos pocos han pagado seis millones de soles, pero ese monto no cubre ni siquiera el uno por ciento de la deuda global.

Las autoridades y jueces se preguntan entonces qué hacer para que se honren estos pagos de reparaciones civiles. El presidente del poder judicial, César San Martín ha considerado "razonable" imponer la "muerte civil" a los sentenciados por corrupción que se nieguen a pagar las reparaciones civiles que adeudan al Estado.

Y el razonamiento es sencillo. Estas no son deudas impagas, sino obligaciones legales como consecuencia de la comisión de un delito que ha ocasionado un perjuicio al Estado. Por lo tanto, corrupto que no pague, pudiendo hacerlo, debe ser obligado a través de mecanismos de prisión efectiva. Pero ¿qué es la "muerte civil"?: Es la pérdida de los derechos civiles, de la personalidad jurídica, la persona deja de ser considerada viva a efectos jurídicos.

En el congreso peruano se debate esta iniciativa. En principio, está dirigida a los funcionarios corruptos, prohibiéndoles ocupar cargos públicos de por vida. Lo que equivale a que hay dos tipos de muerte. La real y la de la ficción jurídica. La pregunta es, si bastará declarar la muerte civil de un corrupto para que éste meta la mano al bolsillo y decida pagar por el daño cometido.

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