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CIUDAD DE MÉXICO, México, dic 7, 2010.- La Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó modificaciones a la Ley de Ejecución de Sanciones Penales para el Distrito Federal, para que los sentenciados a no más de ocho años de prisión por delitos no graves y que hayan cumplido un año de la pena impuesta , puedan alcanzar el beneficio de libertad.
"El tratamiento por externación tiene como finalidad evitar la desadaptación en el caso de los indiciados y procesados y su readaptación a la comunidad libre y socialmente productiva en el caso de los sentenciados y ejecutados…", dijo Carlos Flores, presidente de la Comisión de Seguridad pública de la ALDF.
Para alcanzar este beneficio, el interno deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Someterse a una evaluación psicológica y de conocimientos.
b) Contar con una persona conocida que se comprometa y garantice a la autoridad el cumplimiento de las obligaciones contraídas por el externado.
c) Esta persona deberá rendir un informe mensual a la autoridad sobre el comportamiento del sentenciado.
"El sentenciado deberá contar con sesiones de evaluación y apoyo para reforzar valores morales y de conciencia social, lo que refuerza la readaptación e inserción a la vida productiva de los que obtengan este beneficio…", señaló el diputado Flores.
No se concederá por ningún motivo este beneficio a quienes hayan cometido delitos de tráfico o explotación sexual de menores y violación.
Estas reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.
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